Artículo 26 de la LEY de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien comete una falta contra esta ley, la autoridad va a fijarse en varias cosas para decidir el castigo. Primero, qué tan grave fue la falta, por ejemplo si causó daños a la salud de las personas, al medio ambiente o a los recursos naturales. También van a tomar en cuenta si el infractor ya había cometido la misma falta antes, si lo hizo a propósito o por descuido, y cuánto dinero ganó gracias a esa infracción. Además, si el responsable es una persona o empresa con pocos recursos económicos, eso puede hacer que la multa sea más leve. Por último, si antes de que la Agencia aplique el castigo, el infractor ya reparó el daño o corrigió lo que estaba mal, eso puede contar como un atenuante, o sea, una razón para que la sanción sea menor.
Texto oficial
Artículo 26.- Para la imposición de las sanciones por infracciones a esta Ley se tomará en cuenta: I. La gravedad de la infracción, considerando principalmente los siguientes criterios: los daños que se hubieran producido a los bienes o a la salud de las personas, o la afectación del medio ambiente o los recursos naturales; II. Las condiciones económicas del infractor; III. La reincidencia, si la hubiere; IV. El carácter intencional o negligente de la acción u omisión constitutiva de la infracción, y LEY DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DEL SECTOR HIDROCARBUROS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 11-05-2022 14 de 25 V. El beneficio directamente obtenido por el infractor por los actos relacionados con la imposición de sanciones. En caso de que el infractor realice las medidas correctivas o de urgente aplicación o subsane las irregularidades en que hubiere incurrido, previamente a que la Agencia imponga una sanción, dicha autoridad podrá considerar tal situación como atenuante de la infracción cometida. TÍTULO TERCERO Integración y Funcionamiento de la Agencia Capítulo I Disposiciones Generales
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