Artículo 44 de la LEY de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Dos o más militares con el mismo rango y que hayan recibido su nombramiento el mismo día se consideran del mismo nivel. Para definir quién es el más antiguo, se revisa quién pasó más tiempo en el rango inmediato anterior; si ese tiempo es igual, se toma en cuenta quién tiene más años totales de servicio. Si todavía hay empate, se decide por la edad: el de mayor edad es considerado el más antiguo. Esto aplica solo si son del mismo grado, arma o servicio.
Texto oficial
ARTÍCULO 44.- Siempre que dos o más militares del mismo grado o de la misma Arma o Servicio, tengan nombramiento o patente con antigüedad de igual fecha, deberá considerarse como el más antiguo al que hubiere servido más tiempo en el grado anterior. En igualdad de circunstancias, el que tuviere mayor tiempo de servicios, y si aún éste fuere igual, al de mayor edad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.