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Ley
LEY de Asistencia Social
Artículo
31

Artículo 31 de la LEY de Asistencia Social

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el organismo encargado de la asistencia social va a tener dos jefaturas principales para organizar su trabajo: una Junta de Gobierno (como un grupo de personas que toman decisiones importantes) y una Dirección General (el jefe o jefa que coordina todo). Además, habrá una persona llamada Comisario, que se encargará de vigilar que todo funcione correctamente y de acuerdo a las reglas. En otras palabras, define quiénes mandan y quién supervisa para que no haya problemas.

Texto oficial

Artículo 31.- Para el estudio, planeación y despacho de los asuntos que le competen, El Organismo contará con los siguientes órganos superiores: a) Junta de Gobierno, y b) Dirección General. La vigilancia de la operación del Organismo quedará a cargo de un Comisario. LEY DE ASISTENCIA SOCIAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 01-04-2024 12 de 31

Ver texto oficial de la LEY de Asistencia Social (pág. 11) ↗

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