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Artículo 32 de la LEY de Asistencia Social

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Junta de Gobierno está formada por varias personas importantes. La encabeza el Secretario de Salud, que es como el jefe. También hay representantes de otras dependencias como Gobernación, Hacienda, Bienestar, Educación, Trabajo y de instituciones como el IMSS, el ISSSTE, la Lotería Nacional y otras. Los miembros titulares de la Junta pueden mandar a un suplente en su lugar si es necesario. Por último, la propia Junta elige a un Secretario Técnico para que se encargue de las labores administrativas.

Texto oficial

Artículo 32.- La Junta de Gobierno estará integrada por el Secretario de Salud, quien la presidirá; por los representantes que designen los titulares de las Secretarías de Gobernación, de Hacienda y Crédito Público, de Bienestar, de Educación Pública, del Trabajo y Previsión Social, de los Directores Generales del Instituto Mexicano del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, de Pronósticos para la Asistencia Pública, de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. Párrafo reformado DOF 20-05-2021 Los miembros de la Junta de Gobierno serán suplidos por los representantes que al efecto designen cada uno de los miembros propietarios de la misma. La Junta de Gobierno designará un Secretario Técnico.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.