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Ley
LEY de Asistencia Social
Artículo
38

Artículo 38 de la LEY de Asistencia Social

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de la Función Pública es quien elige al Comisario. Para serlo, debes ser ciudadano mexicano y tener al menos cinco años de experiencia profesional en el área.

Texto oficial

Artículo 38.- El Comisario será designado por la Secretaría de la Función Pública; deberá ser ciudadano mexicano y con experiencia profesional en la materia no menor de cinco años.

Ver texto oficial de la LEY de Asistencia Social (pág. 13) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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