Artículo 55 de la LEY de Asistencia Social
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 55 dice que el objetivo de que la comunidad participe (como se menciona en el artículo anterior) es hacer más fuerte su organización, fomentando que la gente se ayude entre sí cuando haya necesidades verdaderas en la población. En palabras simples, se busca que la comunidad se una y colabore para resolver problemas reales que afectan a todos, en lugar de esperar que solo el gobierno actúe. Esto forma parte del Directorio Nacional de las Instituciones de Asistencia Social, que es como un registro de los lugares que brindan apoyo a quienes lo necesitan.
Texto oficial
Artículo 55.- La participación de la comunidad a que se refiere el artículo anterior, tiene por objeto fortalecer su estructura propiciando la solidaridad ante las necesidades reales de la población. Capítulo VIII Directorio Nacional de las Instituciones de Asistencia Social
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.