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Artículo 6 de la LEY de Asistencia Social

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El gobierno federal se encarga de dar los servicios de ayuda social que marca la Ley General de Salud. Esto lo hacen las distintas dependencias del gobierno, cada una en lo que le toca según sus funciones. También pueden participar otras oficinas del gobierno federal, así como instituciones públicas y privadas que tengan como meta dar estos servicios. Todo esto se hace siguiendo lo que dicen las leyes que aplican en cada caso.

Texto oficial

Artículo 6.- La prestación de los servicios de asistencia social que establece la Ley General de Salud, que sean de jurisdicción federal, se realizará por las dependencias del Ejecutivo Federal competentes, cada una según la esfera de sus atribuciones, así como por las entidades de la administración pública federal y por las instituciones públicas y privadas, que tengan entre sus objetivos la prestación de esos servicios, de conformidad con lo que disponen las leyes respectivas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.