Artículo 62 de la LEY de Asistencia Social
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada año, el Servicio Nacional de Información va a publicar un resumen con datos importantes sobre las instituciones de ayuda social que están registradas. Ahí vas a encontrar cuántas personas pueden atender, qué tipo de servicios dan y hasta dónde llega su cobertura. Esto sirve para que tú sepas qué lugares existen, qué ofrecen y si realmente están funcionando. Es como un directorio público para que cualquier persona pueda consultarlo fácilmente.
Texto oficial
Artículo 62.- El Servicio Nacional de Información publicará anualmente un compendio de información básica sobre las instituciones asistenciales registradas, su capacidad y cobertura de atención y los servicios que ofrecen. Capítulo IX Supervisión de las Instituciones de Asistencia Social
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.