- Ley
- LEY Aduanera
- Artículo
- 10
Artículo 10 de la LEY Aduanera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para mover mercancías dentro o fuera del país, o para que los pasajeros suban o bajen de un transporte y revisen su equipaje, todo debe hacerse en lugares autorizados por el gobierno, en días y horas hábiles (días laborales y horarios normales). Sin embargo, el SAT (Servicio de Administración Tributaria) puede darte permiso para usar otro lugar si las mercancías son muy grandes o especiales, o si eso agiliza el proceso. Para obtener ese permiso, debes tener un sistema tecnológico que controle inventarios, vigilancia y seguridad, y que esté conectado en tiempo real con las autoridades aduaneras, además de cumplir con otros requisitos que marquen las reglas.
Texto oficial
ARTICULO 10. La entrada o la salida de mercancías del territorio nacional, las maniobras de carga, descarga, transbordo y almacenamiento de las mismas, el embarque o desembarque de pasajeros y la revisión de sus equipajes, deberá efectuarse por lugar autorizado, en día y hora hábil. El Servicio de Administración Tributaria podrá autorizar la entrada al territorio nacional o la salida del mismo por lugar distinto al autorizado, de mercancías que por su naturaleza o volumen no puedan despacharse conforme a lo establecido en el párrafo anterior, o bien, por eficiencia y facilitación en el despacho de las mercancías. Para obtener la autorización, deberá contar con el sistema tecnológico que integre los sistemas electrónicos de control de inventarios o volumétricos, cuando corresponda; de vigilancia, seguridad, trazabilidad y monitoreo en tiempo real de las mercancías que ingresen, permanezcan o salgan del lugar, que interoperen con el sistema electrónico aduanero y con acceso remoto continuo a las autoridades aduaneras; así como cumplir con los demás requisitos que se establezcan mediante reglas. Párrafo reformado DOF 19-11-2025 Artículo reformado DOF 09-12-2013
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.