- Ley
- LEY Aduanera
- Artículo
- 100-C
Artículo 100-C de la LEY Aduanera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) te puede quitar un permiso especial cuando ya no cumplas con los requisitos con los que lo obtuviste, cuando no hagas lo que te pide la ley o el mismo permiso, o cuando caigas en alguna falta que la ley ya tenga prevista. Si te quitan ese permiso porque te sentenciaron por delitos fiscales o por meter o sacar mercancías del país de manera ilegal, ya no podrás volver a pedir ese permiso nunca. Eso incluye multas por infracciones relacionadas con la aduana que afecten los impuestos del gobierno. Pero si tú mismo solicitas que te cancelen el permiso, no necesitas pasar por todo el proceso que normalmente se usa para quitarlo.
Texto oficial
ARTICULO 100-C. El Servicio de Administración Tributaria cancelará la autorización a que se refiere el artículo 100-A de esta Ley, conforme al procedimiento señalado en su artículo 144-A, en los siguientes supuestos: a) Cuando se dejen de cumplir los requisitos previstos para el otorgamiento de la autorización o de su prórroga. b) Cuando se incumpla con las obligaciones previstas en esta Ley o en la autorización. c) Cuando incurran en alguna causal de cancelación establecida en esta Ley o en la autorización. Cuando la cancelación de la autorización a que se refiere el artículo 100-A derive de alguna condena en sentencia definitiva por haber participado en la comisión de delitos fiscales, o por la imposición de sanciones que correspondan a infracciones relacionadas con la entrada y la salida de mercancías del territorio nacional en perjuicio del Fisco Federal; en ningún caso procederá la autorización de una nueva inscripción. Párrafo adicionado DOF 19-11-2025 La autorización podrá ser cancelada a petición de la empresa autorizada, sin que sea necesario llevar a cabo el procedimiento previsto en el artículo 144-A de esta Ley. Artículo adicionado DOF 09-12-2013
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.