- Ley
- LEY Aduanera
- Artículo
- 12
Artículo 12 de la LEY Aduanera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si ves o te enteras de un accidente de un camión, tren o transporte que lleve mercancías del extranjero, tienes que avisar inmediatamente a los agentes de aduanas. También, si las mercancías quedan en tu poder, debes entregárselas a las autoridades. Esto aplica aunque no seas el dueño de la carga, solo por haber estado cerca del accidente. La ley te pide que actúes rápido para que las mercancías queden bajo control de aduanas.
Texto oficial
ARTICULO 12. Las personas que tengan conocimiento de accidentes ocurridos a medios de transporte que conduzcan mercancías de comercio exterior, deberán dar aviso de inmediato a las autoridades aduaneras y poner a su disposición las mercancías, si las tienen en su poder. LEY ADUANERA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 19-11-2025 9 de 220
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