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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LAdua/168
Ley
LEY Aduanera
Artículo
168

Artículo 168 de la LEY Aduanera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no tiene validez, porque fue derogado, es decir, se eliminó oficialmente de la ley. En México, cuando un artículo se deroga, ya no se puede aplicar ni tomar en cuenta para ningún trámite, juicio o situación legal. Así que no te preocupes por lo que decía antes; lo que importa son las reglas que están vigentes ahora.

Texto oficial

ARTICULO 168. (Se deroga). Artículo reformado DOF 30-12-1996, 31-12-1998. Derogado DOF 09-12-2013

Ver texto oficial de la LEY Aduanera (pág. 138) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.