Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LAdua/196
Ley
LEY Aduanera
Artículo
196

Artículo 196 de la LEY Aduanera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 196 dice que si alguien mete o saca mercancía del país en partes (desarmada) en varias acciones diferentes, se toma como una sola falta. Esto pasa en dos casos: primero, si la mercancía completa necesita permiso especial para entrar o salir, pero las piezas por separado no lo requieren. Segundo, si los impuestos o cuotas por importar o exportar el producto completo son más caros que los de sus partes por separado, o si las partes no pagan nada. Aunque mover cada parte por su cuenta sea una infracción, todo se considera un solo delito.

Texto oficial

ARTICULO 196. Se considera cometida una sola infracción, cuando en diversos actos se introduzcan o extraigan del país mercancías presentándolas desmontadas o en partes, en los siguientes casos: I. Cuando la importación o la exportación de las mercancías consideradas como un todo requiera permiso de autoridad competente y la de las partes individualmente no lo requiera. II. Cuando los impuestos al comercio exterior que deban pagarse por la importación o exportación y, en su caso, de las cuotas compensatorias por la importación de la mercancía completa, sean superiores a la suma de las que deban pagarse por la importación o exportación separada de las partes, o cuando por éstas no se paguen impuestos al comercio exterior o cuotas compensatorias. Se considera que se comete una sola infracción, aun cuando la importación o exportación separada de las partes o de algunas de ellas constituyan por sí misma infracción.

Ver texto oficial de la LEY Aduanera (pág. 158) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.