- Ley
- LEY Aduanera
- Artículo
- 200
Artículo 200 de la LEY Aduanera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que, si te aplican una multa por no pagar impuestos de importación o exportación, normalmente la multa se calcula con base en lo que debías o en el valor de las mercancías. Pero si no se puede saber cuánto debías o cuánto valían, entonces te toca una multa fija que va de $90,820.00 a $121,100.00 pesos. Esa cantidad se actualiza cada año para que no pierda su valor.
Texto oficial
ARTICULO 200. Cuando el monto de las multas que establece esta Ley esté relacionado con el de los impuestos al comercio exterior omitidos, con el valor en aduana de las mercancías y éstos no pueden determinarse, se aplicará a los infractores una multa de $90,820.00 a $121,100.00. Multa del artículo actualizada DOF 01-03-2002, 28-04-2003, 04-04-2005, 10-04-2006, 09-05-2007, 09-05-2008, 12-05-2009, 01-07-2010, 03-08-2011, 27-12-2011, 29-12-2014, 22-12-2017, 24-12-2020, 24-12-2021, 27-12-2022, 28-12-2023, 30-12-2024, 27-12-2025
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.