- Ley
- LEY Aduanera
- Artículo
- 37-A
Artículo 37-A de la LEY Aduanera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla de los pasos que debes seguir si usas el programa de importación o exportación que menciona la ley anterior. Primero, tienes que enviar por internet, usando tu firma electrónica (como una contraseña segura), toda la información de las mercancías que entran o salen del país. Segundo, tus productos deben pasar por una revisión automática en la aduana, donde entregas un aviso en una computadora o dispositivo, no un papel normal. Además, por cada camión o vehículo que uses debes activar esa revisión automática. También estás obligado a enviar cada viernes un resumen de todo lo que hiciste la semana anterior. Por último, tienes que agregar a tus documentos electrónicos los comprobantes de que cumpliste con todos los requisitos que no son impuestos, como permisos o reglas especiales.
Texto oficial
ARTICULO 37-A. Quienes ejerzan las opciones a que se refiere el artículo anterior, deberán cumplir con lo siguiente: I. Transmitir a las autoridades aduaneras, a través del sistema electrónico aduanero, en documento electrónico, la información referente a las mercancías que se introduzcan o extraigan del territorio nacional acorde con el artículo 59-A de la presente Ley y, en los términos y condiciones que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas, empleando la firma electrónica avanzada, sello digital u otro medio tecnológico de identificación. La transmisión electrónica en la que aparezca la firma electrónica avanzada, sello digital u otro medio tecnológico de identificación y el acuse generado por el sistema electrónico aduanero, se considerará que fueron transmitidos y efectuados por la persona a quien corresponda dicha firma, sello o medio, ya sea del importador, exportador, agente aduanal, agencia aduanal o sus mandatarios autorizados. Fracción reformada DOF 25-06-2018 II. Someter las mercancías al mecanismo de selección automatizada y, en lugar de pedimento, presentar en dispositivo tecnológico o en medio electrónico el aviso consolidado; el dispositivo o medio deberá contar con los elementos técnicos que permitan la lectura de la información contenida en el mismo, incluyendo la relativa al aviso consolidado; salvo los casos en que se deba proporcionar una impresión del aviso consolidado con la información correspondiente, el cual llevará impreso el código de barras. Lo anterior, en los términos y condiciones que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas. Fracción reformada DOF 25-06-2018 III. Activar por cada vehículo el mecanismo de selección automatizado. IV. Transmitir en documento electrónico el pedimento consolidado a más tardar el día viernes de cada semana, en el que se hagan constar todas las operaciones realizadas durante la semana anterior, misma que comprenderá de lunes a domingo, cumpliendo con lo señalado en los artículos 36 y 36-A de esta Ley, así como en los plazos, supuestos y condiciones que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas. Fracción reformada DOF 25-06-2018, 19-11-2025 V. Anexar al pedimento y a la transmisión electrónica a que se refiere la fracción I de este artículo y, en su caso, al aviso consolidado, en documento electrónico o digital, la información que compruebe el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias, en los términos de los artículos 36 y 36-A de la Ley, debiendo declarar en el pedimento, en la LEY ADUANERA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 19-11-2025 29 de 220 transmisión electrónica y, en su caso en el aviso consolidado, los acuses correspondientes conforme a los cuales se tendrán por transmitidos y presentados los anexos. Fracción reformada DOF 25-06-2018 Artículo adicionado DOF 09-12-2013
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.