Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LAdua/49
- Ley
- LEY Aduanera
- Artículo
- 49
Artículo 49 de la LEY Aduanera
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo fue eliminado de la ley el 31 de diciembre de 1998. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se aplica. Por lo tanto, no debes preocuparte por cumplir con lo que decía, porque ya no existe. Sólo tienes que revisar las leyes que están vigentes.
Texto oficial
ARTICULO 49. (Se deroga). Artículo derogado DOF 31-12-1998
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.