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Ley
LEY Agraria
Artículo
127

Artículo 127 de la LEY Agraria

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las acciones "serie T" son como un tipo especial de acciones de una empresa, pero no te dan más derechos que otras acciones normales sobre la tierra ni sobre cómo se maneja la empresa. La única diferencia está cuando la empresa se termina y se reparten sus bienes: en ese momento, solo las personas que tengan estas acciones tienen derecho a que les paguen su parte con tierra, en lugar de con dinero u otros bienes. Es decir, si tienes acciones "serie T", al final de la empresa puedes recibir terrenos como pago, cosa que los demás dueños de acciones no pueden hacer.

Texto oficial

Artículo 127.- Las acciones o partes sociales de serie T no gozarán de derechos especiales sobre la tierra ni de derechos corporativos distintos a las demás acciones o partes sociales. Sin embargo, al liquidarse la sociedad sólo los titulares de dichas acciones o partes sociales tendrán derecho a recibir tierra en pago de lo que les corresponda en el haber social.

Ver texto oficial de la LEY Agraria (pág. 26) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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