Artículo 128 de la LEY Agraria
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los estatutos sociales son como el reglamento interno de una empresa. Este artículo dice que ese reglamento debe incluir, escritas tal cual, todas las reglas que menciona el artículo 126. En otras palabras, si formas una sociedad, tienes que copiar en tus estatutos lo que dice ese otro artículo, sin cambiarlo ni omitirlo. Es como una lista de requisitos que debe estar completa para que la empresa funcione bien.
Texto oficial
Artículo 128.- Los estatutos sociales de las sociedades a que este Título se refiere deberán contener transcritas las prescripciones a que se refiere el artículo 126.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.