Artículo 135 de la LEY Agraria
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Procuraduría es como una oficina del gobierno que ayuda a la gente del campo, sin cobrarles. Su trabajo principal es proteger los derechos de quienes tienen tierras ejidales o comunales, los dueños de parcelas chicas, los vecinos de esos lugares y los jornaleros que trabajan ahí. Puede actuar cuando alguien le pide ayuda, o también por su cuenta si ve que alguien la necesita. Para hacerlo, aplica lo que dice esta ley y su reglamento.
Texto oficial
Artículo 135.- La Procuraduría tiene funciones de servicio social y está encargada de la defensa de los derechos de los ejidatarios, comuneros, sucesores de ejidatarios o comuneros, ejidos, comunidades, pequeños propietarios, avecindados y jornaleros agrícolas, mediante la aplicación de las atribuciones que le confiere la presente ley y su reglamento correspondiente, cuando así se lo soliciten, o de oficio en los términos de esta ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.