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Artículo 7 de la LEY de Amnistía

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Esta ley empieza a aplicarse desde el momento en que un juez federal decide que alguien merece la amnistía. Cuando eso pase, las autoridades que están encargadas de las prisiones deben soltar de inmediato a la persona beneficiada, sin importar si solo está acusada, está en juicio o ya fue sentenciada. Además, tienen que mantener en secreto todos los datos personales de esa persona, como su nombre o domicilio.

Texto oficial

Artículo 7. Los efectos de esta Ley se producirán a partir de que el juez federal resuelva sobre el otorgamiento de la amnistía. Las autoridades ejecutoras de la pena pondrán en inmediata libertad a las personas inculpadas, procesadas o sentenciadas, beneficiarias de la presente Ley, preservando la confidencialidad de los datos personales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.