Artículo 231 de la LEY de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando la Suprema Corte decida que una ley es inconstitucional (es decir, que va contra la Constitución), el Presidente de la Corte debe avisarle por escrito a la autoridad que creó esa ley en un plazo máximo de 15 días. Esto solo aplica cuando se trata de un amparo indirecto en revisión, que es un tipo de juicio donde se cuestiona una ley general. Pero ojo: todo esto no aplica para las leyes de impuestos o temas tributarios.
Texto oficial
Artículo 231. Cuando el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en los juicios de amparo indirecto en revisión, resuelvan la inconstitucionalidad de una norma general, la persona titular de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación deberá informarlo a la autoridad emisora de la norma en un plazo de quince días. Párrafo reformado DOF 07-06-2021, 13-03-2025 Lo dispuesto en el presente Capítulo no será aplicable a normas en materia tributaria.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.