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Ley
LEY de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados
Artículo
100

Artículo 100 de la LEY de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si modificas, produces o vendes organismos genéticamente modificados (OGMs) que tengan usos terapéuticos, además de cumplir con esta ley, también tienes que seguir todo lo que diga la Ley General de Salud y otras reglas sobre medicamentos. Eso significa que no solo aplican las normas para OGMs, sino también todas las que existen para fármacos. El artículo es básicamente un recordatorio: los productos médicos hechos con OGMs deben pasar por regulaciones más estrictas. En resumen, están obligados a cumplir con las mismas reglas que cualquier otro medicamento.

Texto oficial

ARTÍCULO 100.- El desarrollo, producción, comercialización y en general proceso de OGMs con efectos terapéuticos, adicionalmente a lo establecido en esta Ley, estará sujeto a lo dispuesto por la Ley General de Salud y demás ordenamientos aplicables a medicamentos y fármacos. TÍTULO SEXTO Etiquetado e Identificación de OGMs

Ver texto oficial de la LEY de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (pág. 32) ↗

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