Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LBio/35
Ley
LEY de Biocombustibles
Artículo
35

Artículo 35 de la LEY de Biocombustibles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que un permiso o autorización se cancela si la persona que lo tiene no lo usa. Se considera que no lo usa si el permiso mismo dice un plazo para empezar a usarlo y no lo haces, o si no hay plazo, si pasan 365 días seguidos sin hacer uso de él. También se cancela si en el permiso están escritas otras razones por las que puede terminar. En pocas palabras, si te dan un permiso y no lo aprovechas en el tiempo marcado, lo pierdes.

Texto oficial

Artículo 35.- Los permisos y autorizaciones caducan si sus titulares: I. No ejercen los derechos conferidos en el título del permiso de acuerdo con lo siguiente: a) En el plazo que para tal efecto se establezca en el permiso o autorización, o b) A falta de plazo, por un periodo consecutivo de trescientos sesenta y cinco días naturales, y II. Se ubican en los demás supuestos de caducidad previstos en el permiso o autorización respectiva.

Ver texto oficial de la LEY de Biocombustibles (pág. 17) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.