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Artículo 17 de la LEY para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando terminas tu tiempo de servicio militar, los días que trabajaste se registran en unos documentos llamados Hojas de Servicios, Hojas de Actuación y Memorial de Servicios. Ahí se anotan los abonos, que son los días y periodos que cuentan como tiempo trabajado. Por otro lado, si algo te descuenta días, como una falta o suspensión, eso se anota justo en el momento en que pasa, no después. Así queda claro qué días contaron y cuáles no.

Texto oficial

Artículo 17.- Los abonos a que se refiere esta Ley se anotarán al cerrarse las Hojas de Servicios, las Hojas de Actuación y el Memorial de Servicios. Las deducciones se harán al producirse las causas que las motiven. LEY PARA LA COMPROBACIÓN, AJUSTE Y CÓMPUTO DE SERVICIOS EN EL EJÉRCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 03-05-2024 4 de 13

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

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