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Artículo 8 de la LEY que Establece Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo de la Asociación Internacional de Fomento

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe en la ley. Fue eliminado oficialmente el 13 de enero de 1986, así que no aplica ni tiene validez legal. Esto significa que no debes preocuparte por lo que decía, porque ya no tiene ningún efecto.

Texto oficial

ARTICULO 8o.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 13-01-1986

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.