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Artículo 12 de la LEY de Comercio Exterior

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Los aranceles son básicamente los impuestos que se cobran cuando compras o vendes algo al extranjero. Pueden ser de tres tipos: el primero es un porcentaje del valor de lo que estás importando o exportando (ad-valorem), el segundo es una cantidad fija por cada pieza o kilo (específico), y el tercero es una mezcla de ambos (mixto).

Texto oficial

Artículo 12.- Para efectos de esta Ley, los aranceles son las cuotas de las tarifas de los impuestos generales de exportación e importación, los cuales podrán ser: I. Ad-valorem, cuando se expresen en términos porcentuales del valor en aduana de la mercancía. II. Específicos, cuando se expresen en términos monetarios por unidad de medida, y III. Mixtos, cuando se trate de la combinación de los dos anteriores.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.