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Ley
LEY de Comercio Exterior
Artículo
12

Artículo 12 de la LEY de Comercio Exterior

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los aranceles son básicamente los impuestos que se cobran cuando compras o vendes algo al extranjero. Pueden ser de tres tipos: el primero es un porcentaje del valor de lo que estás importando o exportando (ad-valorem), el segundo es una cantidad fija por cada pieza o kilo (específico), y el tercero es una mezcla de ambos (mixto).

Texto oficial

Artículo 12.- Para efectos de esta Ley, los aranceles son las cuotas de las tarifas de los impuestos generales de exportación e importación, los cuales podrán ser: I. Ad-valorem, cuando se expresen en términos porcentuales del valor en aduana de la mercancía. II. Específicos, cuando se expresen en términos monetarios por unidad de medida, y III. Mixtos, cuando se trate de la combinación de los dos anteriores.

Ver texto oficial de la LEY de Comercio Exterior (pág. 5) ↗

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