- Ley
- LEY de Comercio Exterior
- Artículo
- 45
Artículo 45 de la LEY de Comercio Exterior
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las medidas de salvaguarda son acciones que el gobierno puede tomar para proteger a la industria nacional cuando las importaciones de un producto aumentan tanto que causan daño a los productores locales. Estas medidas pueden ser, por ejemplo, subir los aranceles (impuestos a las importaciones) o poner límites a la cantidad de producto que se puede importar. Solo se aplican de manera temporal, mientras la industria local se prepara para competir mejor. En pocas palabras, son un
Texto oficial
Artículo 45.- Las medidas de salvaguarda son aquellas que, en los términos de la fracción II del
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