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Ley
LEY de Cooperación Internacional para el Desarrollo
Artículo
14

Artículo 14 de la LEY de Cooperación Internacional para el Desarrollo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 14 dice que la persona encargada de mandar y tomar las decisiones en la AMEXCID (la Agencia de Cooperación Internacional) es el Director Ejecutivo, como si fuera el jefe principal. Además, para que pueda hacer su trabajo, se necesita una estructura, es decir, un organigrama con puestos y áreas de trabajo, pero eso se define en otro documento llamado Reglamento Interior de la Secretaría. Al final, el capítulo habla de que existe un Consejo Consultivo, que es un grupo de personas que dan opiniones y consejos sobre cómo manejar la cooperación internacional con otros países.

Texto oficial

Artículo 14. La dirección y administración de la AMEXCID corresponden al Director Ejecutivo. La Dirección Ejecutiva contará con la estructura orgánica y administrativa que se establezca en el Reglamento Interior de la Secretaría. Capítulo IV Del Consejo Consultivo de la Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo

Ver texto oficial de la LEY de Cooperación Internacional para el Desarrollo (pág. 5) ↗

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