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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LCID_061120/18
Ley
LEY de Cooperación Internacional para el Desarrollo
Artículo
18

Artículo 18 de la LEY de Cooperación Internacional para el Desarrollo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AMEXCID) tiene un jefe llamado Director Ejecutivo. Este puesto lo elige directamente el Presidente de la República, pero antes alguien más tiene que proponerlo: el Secretario o Secretaria de la dependencia encargada. En pocas palabras, el jefe de la agencia lo escoge el Presidente, pero solo entre los candidatos que le sugiere su Secretario.

Texto oficial

Artículo 18. Al frente de la AMEXCID habrá un Director Ejecutivo, quien será propuesto por el titular de la Secretaría y designado por el titular del Poder Ejecutivo Federal.

Ver texto oficial de la LEY de Cooperación Internacional para el Desarrollo (pág. 6) ↗

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