- Ley
- LEY de Cooperación Internacional para el Desarrollo
- Artículo
- 34
Artículo 34 de la LEY de Cooperación Internacional para el Desarrollo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 34 fue eliminado de la ley desde el 6 de noviembre de 2020, cuando se publicó un cambio oficial en el Diario Oficial de la Federación. "Derogar" significa que ese artículo ya no existe ni tiene validez, como si lo hubieran borrado. Por lo tanto, no debes tomar en cuenta ese artículo para ningún asunto legal, porque ya no es parte de la ley. En pocas palabras, ese artículo está muerto y no aplica para nada. **Nota:** La explicación anterior asume que el Artículo 34 decía algo específico, pero al estar derogado y no especificar su contenido, no puedo inventar ni detallar más allá de lo que indica el texto.
Texto oficial
Artículo 34. Se deroga. Artículo derogado DOF 06-11-2020
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.