- Ley
- LEY de Concursos Mercantiles
- Artículo
- 237
Artículo 237 de la LEY de Concursos Mercantiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un comerciante tiene un permiso especial del gobierno para dar un servicio público (como agua, luz o transporte), puede ser declarado en concurso mercantil, que es un proceso legal para reestructurar sus deudas o liquidar su negocio cuando ya no puede pagar. Esto aplica sin importar si el permiso lo otorgó el gobierno federal, estatal o municipal. En pocas palabras, aunque maneje un servicio público, no está exento de enfrentar problemas financieros graves.
Texto oficial
Artículo 237.- El Comerciante que, en virtud de un título de concesión, preste un servicio público federal, estatal o municipal, podrá ser declarado en concurso mercantil.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.