- Ley
- LEY de Concursos Mercantiles
- Artículo
- 315
Artículo 315 de la LEY de Concursos Mercantiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El jefe del Instituto se queda en su puesto seis años, mientras que los vocales (los otros miembros que toman decisiones) duran ocho años. Los vocales no se cambian todos al mismo tiempo, sino por etapas, para que siempre haya personas con experiencia. Todos pueden ser elegidos otra vez para repetir el cargo si así lo deciden.
Texto oficial
Artículo 315.- El Director General del Instituto durará en su encargo seis años y los vocales ocho años, serán sustituidos de manera escalonada y podrán ser designados para más de un periodo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.