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Ley
LEY de la Casa de Moneda de México
Artículo
14

Artículo 14 de la LEY de la Casa de Moneda de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si trabajas en una empresa que maneja metales o materiales importantes para la producción, y formas parte del personal que los usa o supervisa, tienes que poner una garantía para asegurar que los cuidas bien. Esa garantía puede ser una fianza que compres con una institución autorizada, u otro tipo de garantía que funcione igual. El monto y las condiciones de esa garantía los va a decidir la Junta de Gobierno de la empresa. Básicamente, es como dejar un "seguro" para responder si algo se pierde o se maltrata.

Texto oficial

ARTICULO 14.- El personal de la dirección, administración, inspección y los demás trabajadores que concurran directamente en el proceso productivo o que utilicen metales y demás material necesario en dicho proceso, deberán caucionar debidamente su manejo, mediante fianza otorgada por una institución de fianzas legalmente autorizada, u otra garantía eficaz, por el monto y en los términos y modalidades que fije la Junta de Gobierno.

Ver texto oficial de la LEY de la Casa de Moneda de México (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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