- Ley
- LEY de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
- Artículo
- 2
Artículo 2 de la LEY de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es una institución que puede tomar sus propias decisiones y manejar su propio dinero sin que el gobierno le diga cómo hacerlo. Tiene su propia personalidad jurídica (puede hacer contratos o demandar) y su propio patrimonio (bienes y recursos). Su trabajo principal es proteger, vigilar, promover, estudiar y dar a conocer los derechos humanos que están en las leyes de México. En pocas palabras, su función es asegurarse de que se respeten tus derechos.
Texto oficial
Artículo 2o. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos es un organismo que cuenta con autonomía de gestión y presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propios, y tiene por objeto esencial la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos que ampara el orden jurídico mexicano. Artículo reformado DOF 26-11-2001
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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