Artículo 21 de la LEY de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que alguien pueda ser nombrado jefe de la Secretaría Ejecutiva, debe cumplir con tres requisitos bien claros. Primero, tiene que ser mexicano y estar al corriente de todos sus derechos como ciudadano, o sea, que pueda votar y ser votado sin problemas. Segundo, necesita tener buena reputación, que la gente hable bien de él y no tenga malos antecedentes. Y tercero, el día que lo nombren ya debe tener más de 30 años cumplidos. Nada más que eso pide la ley para el puesto.
Texto oficial
Artículo 21.- El Titular de la Secretaría Ejecutiva deberá reunir para su designación, los siguientes requisitos: I.- Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos; II.- Gozar de buena reputación; y III.- Ser mayor de treinta años de edad, el día de su nombramiento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.