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Artículo 21 de la LEY de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Para que alguien pueda ser nombrado jefe de la Secretaría Ejecutiva, debe cumplir con tres requisitos bien claros. Primero, tiene que ser mexicano y estar al corriente de todos sus derechos como ciudadano, o sea, que pueda votar y ser votado sin problemas. Segundo, necesita tener buena reputación, que la gente hable bien de él y no tenga malos antecedentes. Y tercero, el día que lo nombren ya debe tener más de 30 años cumplidos. Nada más que eso pide la ley para el puesto.

Texto oficial

Artículo 21.- El Titular de la Secretaría Ejecutiva deberá reunir para su designación, los siguientes requisitos: I.- Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos; II.- Gozar de buena reputación; y III.- Ser mayor de treinta años de edad, el día de su nombramiento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.