Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 23 de la LEY de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Para que alguien sea designado Visitador General de la Comisión Nacional, tiene que cumplir con estos requisitos: ser mexicano y tener todos sus derechos como ciudadano, ser mayor de 30 años el día de su nombramiento y tener título de abogado (Licenciado en Derecho) con al menos tres años de experiencia profesional. Además, debe comprobar por lo menos tres años de experiencia en temas de derechos humanos y tener buena reputación, es decir, ser conocido como una persona honesta y de confianza.

Texto oficial

Artículo 23.- Los Visitadores Generales de la Comisión Nacional deberán reunir para su designación, los siguientes requisitos: I.- Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos; II.- Ser mayor de treinta años de edad, el día de su nombramiento; III.- Tener título de Licenciado en Derecho expedido legalmente, y tener tres años de ejercicio profesional cuando menos; Fracción reformada DOF 25-06-2018 III Bis.- Contar con experiencia mínima de tres años en materia de derechos humanos, y Fracción adicionada DOF 25-06-2018 IV.- Ser de reconocida buena fama.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.