Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 13 de la LEY de la Comisión Nacional de Energía

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Comisión tiene que organizarse con las áreas que dice su reglamento interno, según su plan de trabajo y el personal que necesita para cumplir con la ley. Además, debe administrar su gente, su dinero y sus cosas de manera austera, es decir, sin gastar de más. También tiene que hacer más sencillos los trámites, evitar que dos áreas hagan lo mismo y ser eficiente y transparente en todo lo que hace.

Texto oficial

Artículo 13.- La Comisión debe contar con las unidades administrativas que se determinen en su reglamento interior, de conformidad con su estructura orgánica y ocupacional, en términos de las disposiciones aplicables. Su estructura debe optimizar los recursos humanos, financieros y materiales en el marco de la austeridad; simplificar los procesos administrativos; evitar la duplicidad de funciones y cumplir con los principios de eficiencia y transparencia. Capítulo II De la Dirección General

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.