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Artículo 12 de la LEY de la Comisión Nacional de Energía

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Comisión está a cargo de una Dirección General, que es como su jefatura principal. Pero para que las decisiones sean más justas y transparentes, también debe tener un Comité Técnico. Ese comité está formado por varias personas, no solo una, y juntos deciden sobre los permisos y reglas que les tocan. Así se evita que una sola persona tenga todo el poder. Es como cuando en un equipo todos votan para tomar una decisión importante.

Texto oficial

Artículo 12.- La Comisión debe ser dirigida y administrada por una Dirección General. Para el mejor desempeño de sus funciones y transparentar el otorgamiento de permisos y la emisión de la regulación de las actividades de su competencia, debe contar con un Comité Técnico para que dichas decisiones sean colegiadas. LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 18-03-2025 6 de 20

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

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