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Artículo 11 de la LEY de la Comisión Nacional de Energía

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Comisión tiene la obligación de avisarle a la Secretaría sobre cualquier decisión o medida que afecte al sector eléctrico, al de hidrocarburos o a los dos al mismo tiempo. Esto es para que la Secretaría esté enterada de lo que pueda cambiar o impactar en estos sectores.

Texto oficial

Artículo 11.- La Comisión debe informar a la Secretaría sobre cualquier medida o resolución que implique una afectación en el sector eléctrico, en el sector hidrocarburos o ambos. TÍTULO TERCERO DE LA ORGANIZACIÓN, INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN Capítulo I De la organización e integración de la Comisión

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.