Artículo 10 de la LEY de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las concesiones y permisos que se mencionan en esta ley deben cumplir con las reglas de competencia económica, que son las que evitan que una sola empresa controle todo el mercado o que se hagan acuerdos que perjudiquen a los consumidores. En pocas palabras, nadie puede obtener una concesión o permiso si con eso va a eliminar la competencia o limitar tus opciones como consumidor. La autoridad revisará que todo sea justo y que no se formen monopolios (cuando una sola empresa domina un producto o servicio). Esto aplica para cualquier trámite de concesiones o permisos que esté cubierto por esta ley. Así se busca que los negocios compitan de manera pareja y tú tengas más y mejores servicios.
Texto oficial
Artículo 10.- Las concesiones y permisos a que se refiere esta Ley se ajustarán a las disposiciones en materia de competencia económica.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.