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Artículo 10 de la LEY de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Las concesiones y permisos que se mencionan en esta ley deben cumplir con las reglas de competencia económica, que son las que evitan que una sola empresa controle todo el mercado o que se hagan acuerdos que perjudiquen a los consumidores. En pocas palabras, nadie puede obtener una concesión o permiso si con eso va a eliminar la competencia o limitar tus opciones como consumidor. La autoridad revisará que todo sea justo y que no se formen monopolios (cuando una sola empresa domina un producto o servicio). Esto aplica para cualquier trámite de concesiones o permisos que esté cubierto por esta ley. Así se busca que los negocios compitan de manera pareja y tú tengas más y mejores servicios.

Texto oficial

Artículo 10.- Las concesiones y permisos a que se refiere esta Ley se ajustarán a las disposiciones en materia de competencia económica.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.