Artículo 20 de la LEY de Disciplina del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un jefe militar llega a un pueblo o ciudad donde no hay otro mando militar más alto que él, tiene la obligación de presentarse por cortesía ante las autoridades civiles locales, como el presidente municipal. Es como un saludo formal para mostrar respeto y coordinación entre el gobierno civil y el militar.
Texto oficial
Artículo 20.- El comandante de las tropas que arribe a una ciudad o lugar en que no hubiere autoridad militar superior, hará una visita de cortesía a las autoridades civiles.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.