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Ley
LEY de Disciplina del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Artículo
20

Artículo 20 de la LEY de Disciplina del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un jefe militar llega a un pueblo o ciudad donde no hay otro mando militar más alto que él, tiene la obligación de presentarse por cortesía ante las autoridades civiles locales, como el presidente municipal. Es como un saludo formal para mostrar respeto y coordinación entre el gobierno civil y el militar.

Texto oficial

Artículo 20.- El comandante de las tropas que arribe a una ciudad o lugar en que no hubiere autoridad militar superior, hará una visita de cortesía a las autoridades civiles.

Ver texto oficial de la LEY de Disciplina del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (pág. 3) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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