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Ley
LEY de Disciplina del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Artículo
27

Artículo 27 de la LEY de Disciplina del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe, porque fue eliminado (derogado) de la ley el 10 de diciembre de 2004. Antes de eso, había sido modificado el 11 de diciembre de 1995, pero al final se quitó por completo. Así que no hay ninguna regla que aplicar aquí, solo quedó como un espacio vacío en la ley. No te preocupes, no tienes que hacer nada con esto.

Texto oficial

Artículo 27.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 11-12-1995. Derogado DOF 10-12-2004

Ver texto oficial de la LEY de Disciplina del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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