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Ley
LEY de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
Artículo
12

Artículo 12 de la LEY de los Derechos de las Personas Adultas Mayores

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 12 dice que, si una ley toca temas que son responsabilidad del gobierno federal, de los estados o de los municipios al mismo tiempo, entonces esos gobiernos pueden ponerse de acuerdo para aplicarla firmando convenios. Los convenios pueden ser generales (para todo) o específicos (para algo en concreto), y cualquier combinación de los tres niveles de gobierno puede firmarlos. En pocas palabras, permite que los gobiernos trabajen juntos mediante acuerdos cuando una ley afecta a varios de ellos.

Texto oficial

Artículo 12. Cuando las disposiciones de esta Ley comprendan materias y acciones que incidan en diversos ámbitos de competencia de la Federación, las entidades federativas y los municipios, se aplicarán y ejecutarán mediante convenios generales y específicos entre cualesquiera de los tres niveles de gobierno que lo suscriban.

Ver texto oficial de la LEY de los Derechos de las Personas Adultas Mayores (pág. 10) ↗

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