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Ley
LEY de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
Artículo
42

Artículo 42 de la LEY de los Derechos de las Personas Adultas Mayores

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 42 dice que los empleados del Instituto tienen los mismos derechos y obligaciones de seguridad social que cualquier trabajador del gobierno, como acceso a servicios médicos, préstamos y pensiones, según la Ley del ISSSTE. En pocas palabras, si trabajas ahí, te toca el mismo seguro que a los burócratas. No hay nada más que agregar, solo deja claro que ese personal está cubierto por esa ley.

Texto oficial

Artículo 42. El personal del Instituto queda incorporado al régimen de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. TÍTULO SEXTO DE LAS RESPONSABILIDADES Y SANCIONES CAPÍTULO I DE LA DENUNCIA POPULAR

Ver texto oficial de la LEY de los Derechos de las Personas Adultas Mayores (pág. 21) ↗

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