- Ley
- LEY de Desarrollo Rural Sustentable
- Artículo
- 101
Artículo 101 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas es el que se encarga de juntar y organizar a todos los que participan en la producción, certificación y venta de semillas, como agricultores, empresas y autoridades. Depende de la Secretaría de Agricultura. O sea, es como el coordinador principal para que todos esos sectores trabajen juntos y las semillas cumplan con las reglas.
Texto oficial
Artículo 101.- El Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas será la instancia coordinadora de las actividades para la participación de los diversos sectores de la producción, certificación y comercio de semillas y estará a cargo de la Secretaría.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.