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Ley
LEY de Desarrollo Rural Sustentable
Artículo
128

Artículo 128 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión Intersecretarial (un grupo de varias secretarías de gobierno) va a crear un programa para ayudar a formar organizaciones mutualistas y fondos de aseguramiento, que son grupos donde los productores (como agricultores o ganaderos) se organizan para asegurarse entre ellos mismos, sin necesidad de una aseguradora tradicional. Esto sirve para que más productores puedan acceder a seguros y tener mayor protección. Además, esta comisión va a apoyar la creación de organismos especializados, manejados por los propios productores, para administrar coberturas de precios (protegerse de que los precios bajen mucho) y dar otros servicios relacionados. En pocas palabras, el gobierno quiere que los productores se organicen para protegerse mejor y tener más opciones de seguro.

Texto oficial

Artículo 128.- La Comisión Intersecretarial promoverá un programa para la formación de organizaciones mutualistas y fondos de aseguramiento con funciones de autoaseguramiento en el marco de las leyes en la materia, con el fin de facilitar el acceso de los productores al servicio de aseguramiento y generalizar su cobertura. Asimismo, promoverá la creación de organismos especializados de los productores para la administración de coberturas de precios y la prestación de los servicios especializados inherentes.

Ver texto oficial de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable (pág. 42) ↗

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