- Ley
- LEY de Desarrollo Rural Sustentable
- Artículo
- 135
Artículo 135 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que para crear un sistema nacional de información sobre el campo y el desarrollo rural, se va a juntar el trabajo de muchas personas y organizaciones. Participarán dependencias del gobierno que tengan datos útiles, escuelas y universidades (públicas y privadas) que investiguen el tema, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, investigadores, organismos internacionales, empresas que crean tecnología para el campo, y cualquier otra persona o grupo que la Comisión Intersecretarial considere necesario. La idea es que todos cooperen para mejorar la producción en el campo.
Texto oficial
Artículo 135.- El Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable integrará los esfuerzos en la materia con la participación de: I. Las instituciones públicas que generen información pertinente para el sector; II. Las instituciones públicas de educación que desarrollan actividades en la materia; III. Las instituciones de investigación y educación privadas que desarrollen actividades en la materia; IV. El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; V. El Sistema Nacional de Investigadores en lo correspondiente; VI. Las instancias de cooperación internacionales de investigación y desarrollo tecnológico agropecuario y agroindustrial; VII. Las empresas nacionales e internacionales generadoras de tecnología agropecuaria; VIII. Las organizaciones y particulares, nacionales e internacionales, dedicados a la investigación agropecuaria; IX. El Consejo Mexicano; y X. Otros participantes que la Comisión Intersecretarial considere necesarios, para cumplir con los propósitos del fomento de la producción rural.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.