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Ley
LEY de Desarrollo Rural Sustentable
Artículo
138

Artículo 138 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La información que se junte sobre el campo y los productores es de interés público y le toca al Estado hacerse responsable de ella. El gobierno armará un paquete básico de datos para los agricultores y todos los que trabajan en el sector rural, para que puedan decidir por sí mismos sin depender de otros. Esto ayuda a que los productores tengan más libertad y control sobre lo que hacen.

Texto oficial

Artículo 138.- La información que se integre se considera de interés público y es responsabilidad del Estado. Para ello integrará un paquete básico de información a los productores y demás agentes del sector rural, que les permita fortalecer su autonomía en la toma de decisiones.

Ver texto oficial de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable (pág. 44) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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