Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LDRS/150
Ley
LEY de Desarrollo Rural Sustentable
Artículo
150

Artículo 150 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Se va a crear un Comité Nacional por cada producto importante para el país, como el maíz, el frijol o la leche. Este comité va a juntar a representantes del gobierno, de los productores, de las industrias y de los servicios que participan en todo el proceso, desde que se produce hasta que el producto llega a tu mesa. El comité se encarga de tomar decisiones y luego las lleva al Consejo Mexicano, que es como la junta más importante. Para representar al comité en ese Consejo van el presidente del comité y un integrante que no sea del gobierno, elegido por todos los miembros del comité.

Texto oficial

Artículo 150.- Se establecerá un Comité Nacional de Sistema-Producto por cada producto básico o estratégico, el cual llevará al Consejo Mexicano los acuerdos tomados en su seno. Para cada Sistema-Producto se integrará un solo Comité Nacional, con un representante de la institución responsable del Sistema-Producto correspondiente, quien lo presidirá con los representantes de las instituciones públicas competentes en la materia; con representantes de las organizaciones de productores; con representantes de las cámaras industriales y de servicio que estén involucrados directamente en la cadena producción-consumo y por los demás representantes que de conformidad con su reglamento interno establezcan los miembros del Comité. Los comités de Sistema-Producto estarán representados en el Consejo Mexicano mediante su presidente y un miembro no gubernamental electo por el conjunto del Comité para tal propósito.

Ver texto oficial de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable (pág. 48) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.