Artículo 151 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que se van a crear comités regionales enfocados en un producto o sector específico (como el del maíz o el aguacate). La idea principal de estos comités es planear y organizar cómo se produce, mejorar la producción, hacerla más eficiente y que sea más redituable en una región. Todo esto debe hacerse siguiendo los planes del gobierno del estado y lo que acuerde el comité a nivel nacional.
Texto oficial
Artículo 151.- Se promoverá la creación de los comités regionales de Sistema-Producto, cuyo objetivo central es el de planear y organizar la producción, promover el mejoramiento de la producción, productividad y rentabilidad en el ámbito regional, en concordancia con lo establecido en los programas estatales y con los acuerdos del Sistema-Producto nacional.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.